sábado, 29 de octubre de 2011

A profundizar el modelo!! Decreto 1722/11


Bs. As., 25/10/2011

LA PRESIDENTA DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:

Artículo 1º — Restablécese la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de operaciones de exportación por parte de empresas productoras de petróleos crudos o de sus derivados, gas natural y gases licuados y de empresas que tengan por objeto el desarrollo de emprendimientos mineros, de conformidad con las previsiones del artículo 1º del Decreto Nº 2581 del 10 de abril de 1964.
 
 
  • Ingresarán al país más de U$S 3000 millones por liquidación de divisas
Se trata de una decisión oficial clave que apunta a descomprimir la presión que existe sobre el dólar y a demostrar que el Ejecutivo continuará administrando el tipo de cambio y subordinándolo a la política económica.
Menos de 72 horas después de que el 54% de la población le dio la reelección y le otorgó un fuerte espaldarazo a su gestión, la presidenta Cristina Fernández de Kirchner envió ayer una clara señal de que no está dispuesta a ceder el control de la administración de la política económica al capricho de los mercados. De hecho, el Poder Ejecutivo tomó la primera decisión, que ratifica la continuidad del rumbo económico y que apunta fundamentalmente a descomprimir la fuga de divisas y las fuertes presiones especulativas para que la Argentina devalúe su moneda. A través del Decreto 1722, el gobierno nacional restableció a partir de ayer mismo la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de todas de las divisas provenientes de operaciones de exportación de petróleos crudos, sus derivados, gas y de empresas mineras. Fuentes oficiales estimaron que esta medida “va a proveer un mayor ingreso de divisas en el cortísimo plazo, esperamos por lo menos U$S 3000 millones de dólares al año, e inclusive un poco más”. De acuerdo a un trabajo de la consultora Abeceb.com, en los últimos meses la Argentina ha sufrido una sangría de divisas que osciló en un promedio mensual de U$S 2050 millones, pero paralelamente también hay un ingreso promedio de U$S 2252 millones sólo en concepto de liquidación de exportación de granos y productos derivados. La determinación de ayer apunta a fortalecer el ingreso de divisas y descomprimir la presión sobre el tipo de cambio. El titular de la Comisión Nacional de Valores (CNV), Alejandro Vanoli, también destacó que “gracias al ingreso de nuevas divisas, que rondarán entre los U$S 2000 y U$S 3000 millones por año, se podrá disponer de una mayor holgura en las cuentas internas y eso va a ser positivo para atender las necesidades del país”. Hasta este lunes las empresas que trabajan en la actividad minera contaban con un régimen diferencial que les permitía enviar al exterior los dólares que obtenían como resultado de las exportaciones de recursos que extraen del subsuelo argentino sin necesidad de liquidar las divisas en el país. Por su parte, las petroleras tienen un régimen hiperflexible que sólo las obliga a liquidar en el mercado cambiario el 30% de sus ventas al exterior. “El decreto gubernamental viene a establecer equidad entre los exportadores: el sector agropecuario, la industria y los servicios tienen la obligación de liquidar en el país y no había razón para que otros sectores tuvieran un tratamiento diferencial”, explicó Alejandro Vanoli. El decreto señala, además, que se modificaron las circunstancias que dieron origen a excepciones en dicha obligatoriedad, inicialmente dispuesta mediante el decreto 2581, del 10 de abril de 1964 durante la presidencia de Arturo Illia. En su momento la decisión de Illia era mucho más ambiciosa porque incluía la obligatoriedad de liquidar todas las exportaciones, el cobro de los fletes y pasajes, los seguros, las comisiones de cualquier naturaleza, la renta de las inversiones e incluso los derechos de autor y toda suma de dinero ganada en dólares o cualquier moneda extranjera a favor de un residente en la Argentina. Sin embargo, en el marco del proceso de extranjerización de la economía y al amparo de la Convertibilidad, la dupla Carlos Menem-Domingo Cavallo le devolvió el 27 de marzo de 1991 la potestad a las empresas para manejar las divisas a su antojo mediante el decreto 530. Lo curioso es que esta situación volvió a suspenderse mediante el decreto 1606, del 5 de diciembre de 2001, ya en los últimos días del gobierno de Fernando de la Rúa y con el mismo Cavallo en Economía, ante la grave crisis de la Convertibilidad. En lo relativo a la minería, el decreto 417, del 27 de febrero de 2003, durante el interinato presidencial de Eduardo Duhalde, exceptuó a las empresas del sector de la obligación de liquidar divisas de exportación en el mercado cambiario nacional. El Decreto 753, del 17 de junio de 2004, bajo la presidencia de Néstor Kirchner, limitó esa facultad a las empresas mineras que presentaran nuevos proyectos o ampliaciones de unidades productivas existentes. El economista jefe de Abeceb.com, Mariano Lamothe, opinó que la medida que ayer restableció la obligatoriedad de liquidar es “un parche que no soluciona el problema de fondo que es el restablecimiento de la confianza”. Sin embargo, Vanoli explicó que “en este contexto macroeconómico de crisis global la medida busca proteger el equilibrio externo, algo que todos los países están haciendo, cuidar su economía, su balanza comercial”.
  • Sorpresa y tranquilidad
“Fue una sorpresa para ambos sectores, pero la tomamos con tranquilidad.” Esa fue la respuesta que dio a Página/12 una de las principales petroleras que operan en el país, en relación con el decreto publicado ayer por el cual se obliga a liquidar divisas en el país a las compañías de hidrocarburos y mineras. Si bien ninguna de las empresas involucradas se esperaba una medida de estas características, fue evaluada como “lógica”, ya que tiende a equiparar las obligaciones entre los distintos rubros exportadores del país. Así también lo señalaron desde la Cámara de Empresarios Mineros (CAEM).
El régimen que exceptuaba a las mineras de liquidar en el país las divisas producto de sus exportaciones fue implementado en 2004. En el caso de las petroleras, la norma se había establecido en 1989 con el objetivo de que YPF pudiera conseguir créditos estructurados en el exterior, a cambio del petróleo. Esto se dio en el Plan Argentina. “Durante el menemismo, la norma terminó por beneficiar más a las compañías extranjeras. Es saludable que se haya fijado este decreto”, explicó a este diario el economista Carlos Leyba. “Todos los países desarrollados del mundo obligan a las compañías mineras a liquidar sus exportaciones en el país de origen, así que no creo que el sector se ponga en contra de esta iniciativa”, explicaron desde CAEM, entidad que nuclea a las empresas metalíferas, no metalíferas, cámaras provinciales y la cadena de valor del sector. De todas maneras, los empresarios están aguardando la instrumentación de la medida, para conocer en detalle los posibles impactos en sus balances. Pero para ganar tiempo, están solicitando audiencia con el Ejecutivo, ya sea con Jorge Mayoral, el secretario de Minería, o con Amado Boudou, ministro de Economía y firmante del decreto 1722/11. Desde el sector minero reconocieron que la hipótesis que manejaban era una modificación en el sistema de regalías o en los derechos de exportación, tema más ríspido que la liquidación local de las divisas. El régimen de retenciones fue modificado a finales de 2007, van de un 5 a un 10 por ciento y recaen sobre 14 compañías aproximadamente. El lobby de estas empresas las llevó a realizar varias presentaciones judiciales, basándose en la normativa que le garantiza al sector estabilidad fiscal. Sin embargo, ese lobby no prosperó en tribunales. Otro de los temas ríspidos para el sector involucra al código minero, que permite entre otras cosas la minería a cielo abierto, proceso discutido desde un punto de vista ecologista
  • Tras obligar a petroleras y mineras a liquidar exportaciones en el país, ahora Gobierno exige a aseguradoras repatriar u$s 1.600 millones

Mediante una resolución, el Gobierno estableció que las aseguradoras deberán repatriar sus inversiones y disponibilidades radicadas en el extranjero. Sucede luego de que restableciera por decreto la obligatoriedad para que mineras y petroleras tengan que liquidar en la plaza local todas las divisas provenientes de ventas en el exterior (unos u$s 4.000 millones al año). Con esto, busca dar mayor liquidez al mercado y disminuir la sangría de reservas que tiene hoy el Central. Hoy, la autoridad monetaria se vio obligada a desembolsar u$s 180 millones para mantener la divisa planchada en $ 4,265 y en el mes ya inyectó u$s 1.740 millones. Las iniciativas se suman a los controles sobre coleros que vienen realizando entre la AFIP y la UIF junto a la Gendarmería que tienen como fin desalentar la compra del billete verde.
En otro intento por aplacar la presión sobre el dólar y disminuir la sangría de reservas que sufre el Banco Central, el Gobierno jugó fuerte en la jornada obligando a petroleras y mineras a liquidar exportaciones en el país y a aseguradoras a repatriar inversiones en el extranjero. Primero, mediante un decreto, restableció la obligatoriedad para que mineras y petroleras tengan que liquidar en la plaza local todas las divisas provenientes de ventas en el exterior (unos u$s 4.000 millones al año), sometiéndolas al mismo régimen que las agroexportadores -principal fuente de liquidación de divisas del país-. La medida publicada en el Boletín oficial busca poner freno a la sangría de reservas que viene sufriendo el Banco Central para mantener el dólar planchado. De hecho, en la jornada de ayer la autoridad monetaria volvió a jugar fuerte y puso en la plaza cambiaria u$s 170 millones y mantuvo al billete verde en $ 4,265. En lo que va del mes la intervención de la entidad que dirige Mercedes Marcó del Pont es de u$s 1.710 millones. "Restablécese la obligatoriedad del ingreso y negociación en el mercado de cambios de la totalidad de las divisas provenientes de operaciones de exportación por parte de empresas productoras de petróleo crudo o de sus derivados, gas natural y gases licuados, y de empresas que tengan por objeto el desarrollo de emprendimientos mineros", destacó el decreto número 1722/2011. El Gobierno indicó en el texto de la norma que la medida busca un trato igualitario respecto de las demás actividades productivas del país, como por ejemplo las del complejo agroexportador, principal fuente de divisas del país y que tiene la obligación de liquidar los dólares obtenidos por exportaciones en el mercado local. Hay que aclarar que hasta ahora las empresas petroleras estaban obligadas a liquidar en la plaza local un 30% de sus ventas en el exterior. No es el caso de las mineras que no tenían ningún compromiso sobre esas transacciones. Fuentes del mercado estimaron que la decisión podría aumentar entre 3.000 millones y 4.000 millones de dólares el monto de liquidación de divisas en la plaza local. Un integrante de la mesa de una reconocida compañía financiera sostuvo en diálogo con ámbito.com que "la medida es de relevancia ya que las petroleras solo ingresaban al país el 30% de las exportaciones hasta el momento y las mineras estaban exentas. De todos modos no creo que resuelva el problema de la presión que existe sobre el dólar, ya que el tipo de cambio está retrasado y la depreciación del peso contra el dólar va a continuar". Por su parte, el director de una entidad bancaria y cambiaria, explicó que "la medida adoptada por el gobierno es una medida de hacer ingresar dólares al país. Aunque no se si esto va a ayudar a calmar al mercado". Otro operador de una casa de cambio coincidió en que "ayudará a que haya un nuevo jugador importante que venda junto al mercado agroexportador y el Banco Central, pero habrá que ver si tiene el impacto suficiente en la plaza local". • Aseguradoras deberán repatriar inversiones en el extranjero En tanto, y mediante una resolución firmada por el superintendente de Seguros de la Nación, Francisco Durañona, que se publicó hoy en el Boletín Oficial, estableció que las aseguradoras deberán repatriar sus inversiones y disponibilidades radicadas en el extranjero (otros u$s 1.600 millones). La resolución establece que las aseguradoras deberán repatriar sus inversiones y disponibilidades radicadas en el extranjero en un plazo de 50 días corridos desde la entrada en vigencia. Se trata del 15% sobre las inversiones totales de las aseguradoras que superan los 7 mil millones de pesos. "Esta medida representa un significativo aporte al proceso de crecimiento sostenido que viene desarrollando la economía argentina creando las condiciones adecuadas para que la totalidad de las inversiones y disponibilidades de las entidades aseguradoras estén radicadas en la Republica Argentina", afirmó Durañona. "A partir de hoy, no sólo se fomenta la inversión en los mercados nacionales y se mejoran sustancialmente los controles a cargo de la SSN, sino que también se propicia el cumplimiento de las aseguradoras sobre sus compromisos con los asegurados, lo que garantiza una rápida acción en relación a las autoridades judiciales y administrativas de la República Argentina", dice el comunicado enviado por la Superintendencia de Seguros.


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